CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES del libro
“HACIA UNA MAYOR RENDICIÓN DE CUENTAS/ RESPONSABILIDAD; MONITOREO PARTICIPATIVO DE INICIATIVAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS”
INFORME REGIONAL
Marzo, 2015
Elaborado por: Marco Antonio Sotelo
Consultor internacional
Apoyo en la sistematización: Carla Prado
Asistente de edición: Marlene Villanueva
Miembros de GAATW que han participado en el estudio: Asociación Civil de Derechos Humanos Mujeres Unidas Migrantes y Refugiadas en Argentina (AMUMRA) de Argentina; Fundación Renacer, Fundación Esperanza y Corporación Espacios de Mujer de Colombia; Fundación Esperanza de Ecuador; Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez”, A.C. de México y Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo) de Perú.
A nivel general:
1. Las víctimas de trata proporcionan información importante para la evaluación y mejora de los marcos legales, de las políticas y de los programas contra la trata de personas. Por ello, se deben establecer mecanismos de evaluación de políticas públicas, programas y servicios dirigidos a las víctimas sobrevivientes, que incluyan su involucramiento de una manera sensible y constructiva. Ello debe hacerse tomando en consideración que sus percepciones y las vivencias son subjetivas y han sido moldeadas por el contexto, por su historia y antecedentes desde la infancia hasta el presente, así como por su nivel de educación. Asimismo, éstas dependerán del nivel de información con la cual la sobreviviente ha contado y su comprensión de la misma en los diferentes momentos de los procesos de atención: rescate, información, entrevistas, retorno, albergue y otros.
2. El principal desafío para la región es la aplicación efectiva de la legislación contra la trata de personas, que propicie la restitución de los derechos vulnerados de las víctimas sobrevivientes. Aun cuando los informes de Argentina, Colombia, Ecuador, México y Perú destacan la existencia de marcos normativos completos, y concordantes con los instrumentos internacionales, los testimonios de las víctimas reflejan el desfase entre el marco jurídico y el real cumplimiento de la ley. La protección de las víctimas es frágil y los protocolos y rutas son desconocidos por las autoridades y por ONG no especializadas. Lo anterior propicia que las víctimas sobrevivientes sean ampliamente escépticas en los procesos de justicia ya que duden del impacto real de su participación en el proceso de judicialización de los y las tratantes, teniendo una mínima expectativa respecto a dichos procesos. En el caso de México, se ha resaltado la dispersión y ambigüedad normativa como una dificultad para la interpretación de la ley por parte de los operadores de justicia; lo cual se traduce en una barrera para el acceso a la justicia de las víctimas.
3. Los estándares de atención son deficientes y dispersos ya que varían dependiendo de las instituciones y organizaciones que la brindan. Por ello se recomienda establecer criterios comunes de calidad para asegurar estándares mínimos que permitan garantizar por una parte, los derechos de las víctimas sobrevivientes y, por otra, que los casos individuales sean abordados en forma adecuada y que éstos “no se pierdan” en el tiempo y la burocracia.
4. La información recibida por las víctimas sobrevivientes es generalmente parcial y depende del actor que la provee. Su situación se ve además complicada por la confusión en cuanto a los actores e instituciones con las cuales se encuentran. Se recomienda un sistema o protocolo que determine la obligatoriedad de mantener informadas a las víctimas a lo largo de los procesos, por ejemplo a través de hojas informativas, estableciendo criterios para asegurar que la información sea completa e incluya los servicios que recibiría, las entidades que los brindarían, los tiempos y las decisiones que deberán tomar. Dichas hojas serían una herramienta importante para el uso de los y las profesionales tanto desde el Estado, como desde las ONG. Estos instrumentos deben permitir transmitir terminología legal de manera visual e inteligible para su mejor comprensión. Adicionalmente, la información ofrecida a las sobrevivientes debe de ser más clara en cuanto a los procedimientos y al tipo de asistencia para evitar confusión y falta de información.
5. Las víctimas sobrevivientes deben contar con espacios para ser escuchadas que les permitan participar sin estigmas en la construcción de legislación y políticas públicas, en los asuntos que les afectan. En este sentido, los informes de país no dan cuenta de la existencia de iniciativas de monitoreo participativo estructuradas, ni reconocidas legalmente. Los informes revelan que son las ONG las que actúan de interlocutores principales para canalizar las necesidades y prioridades de las víctimas hacia el Estado. Las políticas públicas de la región deben por tanto incorporar espacios de monitoreo que recojan los testimonios de las víctimas y evalúen en particular los servicios disponibles para su protección y asistencia, como parte de sus estrategias y/o planes nacionales de combate anti-trata.
6. La calidad del primer contacto merece una atención especial ya que determina el desarrollo de cualquier proceso subsecuente, tanto legal, como a nivel de la atención integral que recibirán o que decidirán aceptar las víctimas sobrevivientes. Por ello, se recomienda fortalecer las capacitaciones específicas sobre primera atención para las y los profesionales que se pueden encontrar en primera línea.
7. La intervención realizada en el marco de programas de atención especializada debe incluir estrategias concretas que permitan a las víctimas sobrevivientes desarrollar sus capacidades personales, autonomía e independencia en los diferentes ámbitos de su vida personal y social, como factores determinantes para la recuperación y la reinserción exitosa de los casos.
8. Las familias de las víctimas han jugado un rol ambivalente. En muchos casos, sus parientes han acudido a su socorro, asegurándoles vivienda y estudios. En otros, las sobrevivientes fueron estigmatizadas, abandonadas afectivamente o rechazadas por sus familias (y comunidades), debido a la inadecuada repatriación o atención sin tomar en cuenta los niveles de riesgo y estigma. Por ello, se recomienda generar y/o fortalecer redes de apoyo para las víctimas sobrevivientes y sus familias a lo largo de los procesos de repatriación, búsqueda de justicia y reparación, considerando también la prevención de riesgos asociados a ciertas formas de socialización en comunidades marginalizadas, tales como el consumo de drogas, el riesgo de embarazos y el acoso de potenciales explotadores sexuales.
9. La calidad de la articulación interinstitucional usualmente depende de la voluntad política, del nivel de conocimiento de las autoridades o de la voluntad de los y las funcionarias y profesionales, resultando generalmente en una respuesta institucional ineficiente o en una revictimización. Por ello, los protocolos de atención deben incluir criterios de calidad y procesos de monitoreo para que su ejecución no dependa de la voluntad de quienes deben implementarlos.
10. Las entrevistas indican con fuerza los nexos de la trata de personas con desapariciones, trabajo informal, trabajo sexual, explotación laboral o sexual, corrupción, etc. Es importante abordar la transversalidad de la trata de personas con estos temas, a través de coordinación con las autoridades competentes.
Acceso a la justicia:
11. Los informes de Argentina, Colombia, Ecuador y Perú, señalan una adecuada tipificación del delito de trata de personas. En el caso de México, es necesario una armonización del tipo penal de trata de personas a nivel de los diferentes estados federales adecuándolo a lo establecido por el Protocolo de Palermo; así como el diseño de un protocolo de actuación de las políticas ministeriales para que hagan una diferencia entre trabajadoras sexuales y víctimas de trata de personas, ya que en la práctica en nombre de la lucha contra la trata, se vulneran los derechos de las mujeres que se encuentran como trabajadoras sexuales.
12. En Ecuador, Colombia, Argentina y Perú se ha avanzado en la tipificación del delito de Trata de personas, al eliminarse el consentimiento de las víctimas mayores de edad como eximente de la responsabilidad de los tratantes. En cambio en México, dicho consentimiento todavía es un atenuante del delito.
13. Figuras como los Defensores de Familia o Defensores del Pueblo estuvieron ausentes o desdibujados en muchos casos, lo que indica la necesidad de un trabajo coordinado con estos actores para que cumplan sus mandatos de protección, representación legal u otras obligaciones en casos de trata de personas.
14. En todos los países, el Estado es el principal garante de derechos y servicios. Sin embargo, las y los sobrevivientes de la trata de personas generalmente manifiestan que por ejemplo los servicios de alojamiento, la atención de emergencia en salud, la manutención, la atención psicológica, no fueron otorgados de manera integral por el Estado. Contrariamente, los testimonios indican precariedad institucional y cierto desinterés por parte de los funcionarios y operadores. Existe por parte de las víctimas de Trata de personas la necesidad de contar con asistencia psicológica a partir del momento de la liberación-denuncia. Algunos testimonios dan cuenta de procesos depresivos que no han sido tratados en su real magnitud, ni han recibido atención psiquiátrica. La priorización de la salud mental de las víctimas sobrevivientes y el desarrollo de facilidades apropiadas para dichas atenciones, es un aspecto crucial en la construcción de las políticas públicas de atención integral a las víctimas de trata de personas.
15. Los vacíos y deficiencias detectadas en materia de acceso a la justicia y denuncia de las sobrevivientes de Trata de personas son estructurales en los sistemas de justicia. Por ello, la incidencia no debe ser necesariamente específica a la lucha contra la Trata de personas. En este sentido, organizaciones especializadas en materia de lucha contra la trata deben de unir esfuerzos de incidencia con organismos y entidades especializados en reforma judicial, para poder lograr mayores y mejores resultados.
16. Los Estados carecen de un registro de víctimas de trata de personas que individualice a las víctimas para articular una debida asistencia y protección; así como monitorear los aspectos cualitativos de los servicios recibidos.
17. Las instituciones del Estado deben asegurarse de que las víctimas sobrevivientes comprenden plenamente los procedimientos en los que se encuentran inmersas, así como sus derechos y obligaciones en los mismos, para que sus decisiones sean plenamente informadas.
18. Existe una falta de coordinación intersectorial para promover y aplicar de forma integral lo establecido en las políticas públicas, una escasa voluntad política de las administraciones locales y una exigua inversión en el tema.
No obstante, en Perú, Colombia y Ecuador, se informa que existe una mejora en la articulación interinstitucional y la atención es más rápida por parte de los responsables.
19. Se hace evidente la necesidad de continuar programas de formación continua de funcionarios públicos, para fomentar una actitud comprensiva, solidaria e incluyente de las víctimas, que permita hacer efectivos sus derechos.
Atención integral:
20. Las organizaciones de la sociedad civil han contribuido en la reconstrucción del proyecto de vida de las víctimas. Los testimonios reconocen su trabajo de asistencia psicológica, social, legal, y protección. Se destaca la necesidad de dar asistencia en temas de salud sexual y reproductiva a víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual, como parte de las acciones de atención integral.
21. Las organizaciones participantes en la investigación tienen mecanismos diferentes de identificación y abordaje a las víctimas sobrevivientes, tienen poblaciones meta diferente y protocolos internos diversos. Sin embargo, coinciden en los vacíos identificados y las recomendaciones que ofrecen. Dado que todas ellas son miembros de la GAATW, se recomienda un mejor intercambio y formación para su crecimiento técnico, incrementando las posibilidades de una mejor atención y mejoras en materia de incidencia. Asimismo, se recomienda introducir una cultura y procedimiento de autoevaluación y monitoreo más sostenible.
22. Para un trabajo más efectivo, resulta importante contar con organizaciones que tengan presencia en la localidad donde se encuentra la víctima. En este sentido, se recomienda el desarrollo de capacidades de organizaciones más allá de las capitales o ciudades principales.
23. Los testimonios indican que las familias de las víctimas de trata de personas en algunos casos brindaron el auxilio necesario facilitando vivienda y educación. En otros casos desconocieron la situación y delegaron la asistencia al Estado. Por ello, se recomienda generar y/o fortalecer redes de apoyo para víctimas sobrevivientes y sus familias a lo largo de los procesos de búsqueda de justicia y reparación, considerando también la prevención de riesgos asociados a ciertas formas de socialización en comunidades marginalizadas tales como el consumo de drogas, el riesgo de embarazos y el acoso de potenciales explotadores sexuales.
24. Los informes de país indican que la educación de las víctimas no es sólida, dándose muchos casos de analfabetismo y subsecuente pobreza. Por ello, la educación y la identificación de oportunidades de trabajo son prioritarios para la reconstrucción del proyecto de vida de las víctimas sobrevivientes que les permita ser aceptadas sin discriminación, sobre todo en casos de explotación sexual. No obstante, cuando estos servicios fueron ofrecidos no siempre se ajustaron a sus intereses y necesidades. En consecuencia, resulta importante orientar y fomentar la participación de las víctimas sobrevivientes en los programas de educación y trabajo, ofrecidos por el Estado y la sociedad civil.
25. En cuanto al alojamiento, éste se ha brindado en su mayoría a adolescentes y ha sido de tipo institucional. Los testimonios dan cuenta de vulneración de derechos al interior de los recintos, donde además de episodios de abuso, se describe la carencia de información sobre el acogimiento y su finalización, así como la falta de una estrategia de atención individualizada para los/las adolescentes.
26. De las entrevistas se desprende que aún no existen plenas garantías para el acceso y atención especializada en los servicios de salud, generándose falta de respuesta y atención especializada. Se recomienda la realización de guías y protocolos de identificación o atención de víctimas en el sector salud (física y mental).
27. Se reafirma la necesidad de desarrollar la libertad y confianza de las víctimas sobrevivientes para formular juicios críticos sobre las fortalezas y debilidades de los programas de atención. Las víctimas plantearon la necesidad de generar una oferta más amplia de capacitación laboral y mayor trabajo con sus familias. Asimismo, plantearon la necesidad de planificar con más cuidado los procesos de reintegración familiar para prevenir nuevas situaciones de victimización y asegurar la sostenibilidad de los logros obtenidos durante el proceso.
28. La reinserción laboral y educativa de las víctimas sobrevivientes, incluso cuando son acogidas por servicios especializados, sigue siendo un reto importante. Se recomienda tomar medidas que favorezcan la reinserción de las víctimas sobrevivientes en el ámbito laboral, educativo y de formación profesional mediante nuevas formas de trabajo conjunto entre diferentes actores.
Procesos judiciales y denuncia:
28. Las víctimas sobrevivientes reclaman justicia y la relacionan con el castigo que deben recibir los tratantes. Confían en la que proviene de un ser divino, y en el común de los países desconfían del sistema judicial y sus autoridades, por temor a represalias, a corrupción, a la violación de su privacidad y a la revictimización. Las víctimas sobrevivientes viven en indefensión legal luego de la denuncia. Su desconfianza de la justicia del Estado se debe tanto a la carencia de una adecuada defensa pública, como a la desinformación sobre sus derechos, sobre el estado del proceso, la sanción a los tratantes y la reparación civil a la que tienen derecho. Los testimonios dan cuenta de la ausencia de traductores y el impedimento para las víctimas de revisar sus declaraciones antes de firmarlas.
29. Asimismo, las víctimas suelen señalar que prefieren no denunciar por el temor a ser estigmatizadas, perseguidas, recapturadas o asesinadas por los tratantes. Señalan que los medios de comunicación han llegado a pagar a autoridades por primicias y detalles, algunos escabrosos, sobre sus casos con fines de sensacionalismo informativo. Por ello, urge la necesidad de reforzar directrices normativas y éticas que garanticen la confidencialidad de las declaraciones de las víctimas del delito; así como un trabajo continuo de sensibilización y concientización de los medios de comunicación respecto a esta problemática.
30. La colusión entre policías corruptos y proxenetas tiene alto impacto en las víctimas del delito de trata de personas. En el caso mexicano, se denuncia una alianza de este tipo, que impide la debida judicialización de los casos. Por ello es necesario fortalecer la sensibilización, concientización y capacitación del funcionariado a todos los niveles, desde quienes reciben la denuncia hasta las instancias superiores. Asimismo, deben robustecerse los mecanismos para identificar y castigar casos de corrupción, incluyendo la creación de observatorios nacionales contra la trata de personas, sistemas de canalización de quejas y denuncias acerca de malas prácticas de los funcionarios, entre otros.
31. En todos los países, las víctimas sobrevivientes señalaron que tuvieron que dar su testimonio en repetidas ocasiones durante los procedimientos policiales y judiciales, reviviendo los traumas sufridos. Refieren que incluso fueron culpadas de la situación vivida o cuestionadas sobre la gravedad de los hechos denunciados.
32. Es común en los casos de trata con fines de explotación sexual el uso de la maternidad como una estrategia de control de las víctimas, a través de la retención o secuestro de los hijos y de la posibilidad de perder la patria potestad (por estar inmersas en actividades deshonestas o tener costumbres que atenten contra la moral) lo que suele estar contemplado en la legislación en materia tutelar. La mujer víctima de trata de personas con fines de explotación sexual sufre así una doble estigmatización, no sólo por el drama sufrido sino porque cuando se trate de decidir sobre la patria potestad de sus hijas e hijos, el juez podría considerar que la situación de “prostitución” que vivió la inhabilita para su cuidado.
34. En los informes se destaca que el retorno voluntario de la víctima de trata de personas a su lugar de origen respondió generalmente a razones humanitarias y personales. En México, se da cuenta de testimonios que narran casos de retorno impuesto a las víctimas hacia sus países de origen dado su estatus de ilegales.
Retorno y repatriación:
35. El retorno es uno de los ámbitos menos “especializados” debido a los escasos recursos, a protocolos con brechas de implementación importantes y a los múltiples actores involucrados. La escasa evaluación de los factores de riesgo y las situaciones de estigma y exclusión social, hacen necesario mejorar los procesos de retorno desde el inicio hasta la reinserción de las víctimas sobrevivientes.
36. Las víctimas sobrevivientes reconocen las acciones multinacionales llevadas a cabo para su repatriación segura. En este sentido, se destaca la participación de los consulados, y organismos internacionales. En el caso de los consulados, los mismos deberían estar incluidos dentro de los protocolos de atención y derivación de casos de trata de personas de carácter internacional en estrecha coordinación con los Ministerios de Relaciones/Asuntos Exteriores en las capitales.
37. No obstante, las víctimas adolescentes destacan que los procesos de reintegración con sus familias de origen son llevados a cabo sin la debida antelación y preparación del vínculo familiar, deviniendo ello, no sólo en tensiones con los familiares, sino también en retornos inesperados a los centros de cuidado. Hubo casos para los cuales las autoridades realizaron una determinación meramente formal del interés superior del niño/a, y/o no consultaron a las sobrevivientes adolescentes durante dicho proceso, en contradicción con lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño(a), artículo 12 sobre las obligaciones del Estado en cuanto a los procedimientos que garantizan los derechos del niño/a.
38. La información obtenida sobre los procesos de retorno en que las personas sobrevivientes vivieron procedimientos diferentes aun siendo nacionales del mismo país, apunta a que estos deben armonizarse, como mínimo, a nivel nacional. Así, en algunos casos las autoridades intervienen y facilitan los procesos, en otros, esto no sucede; en algunos casos hay una evaluación de riesgos y oportunidades reales, se les brinda información a las sobrevivientes o son asesoradas sobre el proceso, mientras que en otros esto no sucede. Por tanto, se recomienda la armonización de los procedimientos para el retorno o repatriación de manera voluntaria, como también vincular dichos procedimientos con los de retorno migrantes (internos y externos) en cada país.
Para las ONG:
39. Las prácticas de las ONG (aun cuando son generalmente adecuadas) presentan divergencias importantes en los servicios que prestan a las víctimas. Una mejor coordinación de programas y generación de marcos comunes de actuación con protocolos mínimos de asistencia, contribuirán, por una parte, a que las víctimas, sin importar su nacionalidad, reciban servicios mínimos de calidad. Por otra parte, protocolos comunes permitirán una mayor y mejor incidencia con las autoridades nacionales y a nivel regional.
40. Las entrevistas indican la gran importancia para las sobrevivientes de contar con alternativas a futuro que garanticen una reinserción adecuada, una vida digna y minimicen el riesgo de explotación. Las ONG deben prestar mayor atención al desarrollo de programas integrales de medios de vida que incluyan, pero no estén limitados al, establecimiento de fondos de capital semilla para dar herramientas reales en la realización de un proyecto de vida.
41. Se recomienda que la GAATW-REDLAC y sus organizaciones miembro en la región establezcan mecanismos sólidos de coordinación interinstitucional que favorezcan una complementariedad en la respuesta a la situación de las víctimas sobrevivientes, que fortalezca la capacidad de incidencia a nivel regional y que sistematice buenas prácticas e identifique vacíos en la respuesta de las ONG. En particular, se recomienda la elaboración de un documento de incidencia para ser usado en el ámbito nacional y regional en la construcción y homogeneización de políticas públicas para la atención de víctimas sobrevivientes.
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