Credencialización de trabajador@s sexuales: nuevos retos

Credencialización de trabajador@s sexuales: nuevos retos

Las entrega de credenciales a trabajadores sexuales por parte del Gobienro del DF resuelven ciertos problemas y plantean otros, que son nuevos retos de política pública. En este sentido, la credencialización no se traduce automáticamente en “avances” y “retrocesos” en el combate a la trata.
AGOSTO 4, 2014

Por: Claudia Torres

En la nota “Credencialización de trabajador@s sexuales: ¿avance o retroceso en combate a la trata?”, la reportera Tania Ortega identificó perfectamente el punto más controvertido[i] con el que se encuentran los hacedores de política pública al tratar de regular el ejercicio de la prostitución. Este punto es: ¿cómo distinguir la trata de personas del trabajo sexual?[ii] En mi opinión, sostener que “[la política de credencialización] choca con [la] política en torno al combate a la trata de personas” implica confundir estos los regímenes legales de la trata y el trabajo sexual, lo que tiene serias y preocupantes consecuencias.[iii]

Para entender por qué debe siempre diferenciarse al trabajo sexual de la trata de personas, y para tomar postura dentro del debate sobre la regulación de la prostitución, hay que hacer algunas aclaraciones.

Primero, la credencialización es una medida que busca resolver un problema determinado: la existencia de una actividad que no es reconocida por la legislación laboral, pese a producir ingresos, ser voluntaria y no estar prohibida. La credencialización es una medida —laboral— que no pretende obstaculizar la estrategia de prevención y erradicación de la trata de personas. Las leyes sobre la trata de personas corresponden a una política penal cuyo objetivo es prevenir y erradicar la explotación de las personas. En este caso, se usa el derecho penal porque la víctima no consiente la explotación o, de consentirla, la voluntad está viciada por el engaño, la coacción, el uso de la fuerza u otros medios.

Segundo, es cierto que la explotación sexual y el ejercicio de la prostitución pueden coincidir en la práctica. Muchas personas que ejercen la prostitución, al menos en la Ciudad de México, son victimas de trata.[iv] El problema con las credenciales, según Javier Sánchez en el artículo citado, sería que los tratantes falsificarían las credenciales (incluso para hacer trabajar a menores de edad), con lo que la explotación se legalizaría. Sin embargo, la opinión es desacertada desde la perspectiva legal. Por un lado, las credenciales sólo se entregan a trabajadoras independientes. Esto significa que ninguna relación con un tercero (tratante, esposo o patrón) puede ser institucionalizada por este medio.

Por otro lado, el derecho no admite lo ilegal, por definición. Por ejemplo: un acta de adopción falsa puede ser utilizada para extraer a un menor de edad de su país de origen. Con este documento, los apócrifos adoptantes buscan evadir a las autoridades tanto del país de origen como el de recepción. Puede que algunos de ellos lo consigan, pero presentar los papeles de adopción no los salvaría de ser sancionados tanto por la falsificación de documentos, como por el tráfico del niño o niña en cuestión. Podemos estar de acuerdo en que la solución al problema del tráfico de niños y niñas no es eliminar todas las actas de adopción. Pues bien, las credenciales entrañan el mismo riesgo de engaño a la autoridad que las actas de adopción. Igual que con las actas, la solución al problema de la trata no radica en negar las credenciales del trabajador/a sexual.

Más allá del problema potencial que implica el abuso de las credenciales, están los problemas asociados actualmente con el régimen penal de la trata. La corrupción es uno de ellos. La corrupción es el contexto que condiciona cualquier política o medida. Por ejemplo, actualmente, algunos hoteles en la Ciudad de México donde se comete el delito de trata están operando con el apoyo de las autoridades. Cada que aumenta la pena para el delito de trata de personas, se eleva la cuota que deben pagar los tratantes para que la autoridad no los detenga. El sobreprecio, por supuesto, recae en los/as trabajadores/as sexuales. Otra evidencia de la corrupción es que padrotes y madrotas salen de prisión o nunca la tocan, gracias a las relaciones que tienen con agentes del Ministerio Público. Una evidencia más es el caso de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre. Testimonios, fotos y grabaciones dados a conocer por los noticieros indican que el funcionario empleaba recursos públicos para que su personal administrativo le prestara servicios sexuales. Aunque no está probada la vinculación de Gutiérrez con la trata, este caso muestra que la corrupción se puede alojar incluso dentro de las oficinas de los partidos políticos. La credencialización va a plantear retos nuevos porque la condiciona un contexto de corrupción. “Nuevos” no significa “más”: significa “distintos a los actuales”.

Sin embargo, la credencialización sí puede resolver otros problemas: los que plantea el no reconocimiento del trabajo sexual. Los/as trabajadores/as sexuales son extorsionados/as; son mal caracterizados/as como víctimas y/o tratantes, y son objeto de detenciones arbitrarias, intimidación o cualquier otro tipo de abuso por parte de la policía y la delincuencia organizada.[v] Como señala Jaime Montejo en el artículo de Ortega, las credenciales dan cierto poder de negociación a los/as trabajadores/as sexuales, quienes pueden oponer su estatus (explícitamente legal) frente a los vecinos y las autoridades. Además, la aplicación del régimen del trabajo independiente conlleva beneficios para los/as trabajadores/as sexuales: atención médica a quienes no cuentan con seguro social; el derecho de formar uniones en defensa de sus intereses; espacios para ejercer la prostitución sin intervenciones arbitrarias, entre otros. La credencialización no resuelve completamente los problemas de violencia y discriminación que padecen los/as trabajadores/as sexuales, pero es un paso en esa dirección.

Además, las credenciales no van a erradicar la trata, pero pueden reforzar la política que la combate. Por ejemplo, el régimen laboral podría dar a las víctimas de trata las facilidades que no ofrecen los tratantes o el gobierno, como la seguridad social.[vi] Otro ejemplo de cómo la legislación laboral robustecería el combate contra la trata está en las Uniones, que al ser reconocidas pueden obtener fondos para impulsar campañas contra la trata en las que participen la sociedad civil y la ciudadanía. Esta es la tendencia que se observa en Suiza, donde la prostitución es una actividad económica como cualquier otra.[vii]

Las credenciales resuelven ciertos problemas y plantean otros, que son nuevos retos de política pública. En este sentido, la credencialización no se traduce automáticamente en “avances” y “retrocesos” en el combate a la trata. Estos resultados dependen de que la credencialización se acompañe (como no lo ha hecho hasta ahora)[viii] de una política de intervención más amplia, que tome en cuenta no sólo la política penal contra la trata, sino la política más general en pro de los derechos fundamentales.

[i] Digo el más controvertido porque se relaciona con la discusión sobre la violencia estructural en contra de las personas, en general, y las mujeres y niños, en particular.

[ii] Mi postura es que existe una diferencia entre trata de personas y trabajo, porque sólo en el primer caso hay un tercero que pretende explotar sexualmente a una persona y utiliza para ello el engaño, la coacción, las amenazas, entre otros medios.

[iii] Opinión de Mónica Sánchez en la nota de Tania Ortega.

[iv] No puedo decir cuántas o en qué proporción. Las cifras, junto con su origen y su significancia estadística, no son precisas.

[v] Para algunos testimonios de las trabajadoras de la Merced, ver E. Madrid Romero, R.I. Madrid Romero & J. Montejo (eds.), ABC de la trata de personas (Brigada Callejera, SEDESOL);J. Montejo (ed.), Crónicas de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez” A.C., disponible aquí.

[vi] Ver el artículo 50 del Reglamento para los Trabajadores no Asalariados del Distrito Federal.

[vii] Ejemplo de esta contribución común es Suiza, donde la prostitución es considerada una actividad económica como cualquier otra; el gobierno apoya activamente a quienes ejercen la prostitución y los ciudadanos son instruidos sobre como advertir e intervenir en casos de trata. Ver aquí.

[viii] Pendiente hasta ahora, como muestra la estrecha respuesta del gobierno capitalino frente a la sentencia que reconoce a la prostitución voluntaria como trabajo. Ver Juicio de Amaro 112/2013, Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal (Enero 31, 2014).

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