Propuesta de Brigada Callejera para iniciativa de ley de VIH/Sida de la Ciudad de México

Algunxs integrantes del Consejo Ciudadano de VIH e ITS de la CDMX con el diputado temistocles Villanueva

Propuesta de Brigada Callejera para iniciativa de ley de VIH/Sida de la Ciudad de México

Observaciones a la “Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la prevención y atención integral del VIH/SIDA del Distrito Federal” del Diputado Temistocles Villanueva Ramos del Congreso de la Ciudad de México, I Legislatura, presentadas por la Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer, "Elisa Martínez", A.C.:

Por la Agencia de Noticias Independiente Noti-Calle, Ciudad de México, 24 de enero de 2019

1.- En la exposición de motivos no se mencionan mejores prácticas implementadas en la Ciudad de México (CdMx), como la detección voluntaria de VIH e ITS entre las y los trabajadores sexuales, Punto Seguro entre trabajadores sexuales varones, el kiosquito de la detección de la Brigada Callejera, entre otros.

2.- En el artículo 2, se menciona a organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas, pero no se menciona a la iniciativa privada.

3.- En el artículo 4, numeral XIII, se habla de personas en situaciones de calle: definir a una persona por una situación concreta de su existencia, niega otros aspectos de su existencia. También sería incorrecto hablar de personas en situación de VIH o personas en situación de prostitución. En el programa de derechos humanos de la CdMx, se habla de poblaciones callejeras.

4.- En el artículo 16, falta señalar, al igual como que en el proyecto de Norma Oficial Mexicana para la prevención y control del vídeo del año 2018, que las pruebas de detección de VIH, no se usarán como requisito para ejercer el trabajo sexual. Y tampoco se usarán los condones para fincar delitos como lenocinio ni trata de personas, porque ello atenta contra el derecho a la salud.

Nota: Cualquier duda, podemos convocar a una mesa de trabajo con expertos como la doctora Patricia Uribe Zúñiga, directora del Censida, doctora Marta Lamas y el abogado de GIRE, Alex Alí Méndez Díaz, entre otros.

5.- En el artículo 24, en el numeral II, en materia de prevención, no se incluyó a personas trabajadoras sexuales. Y se vuelve a hablar de personas en situación de calle.