Expediente donde el Consejo de la Judicatura Federal establece la diferencia entre la organización libre y voluntaria del trabajo sexual y el delito de trata de personas

Imagen tomada del internet

Expediente donde el Consejo de la Judicatura Federal establece la diferencia entre la organización libre y voluntaria del trabajo sexual y el delito de trata de personas

Por Jaime Montejo de la Agencia de Noticias Independiente Noti-Calle, Tapachula, Chiapas, 8 de noviembre de 2017

Como un ejercicio cotidiano del derecho de la libertad de prensa, se publica la Sentencia y Expediente del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), donde se hace una diferencia entre la organización libre y voluntaria del trabajo sexual y la trata de personas. Así mismo, de protegen los datos personales de las personas involucradas en dicho proceso penal.

La tesis I.7o.P.75 P (10a.) de un juicio de amparo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), estableció que la organización libre y voluntaria del trabajo sexual, es diferente a la trata de personas y ordenó la libertad inmediata del inculpado sentenciado por dicho delito.

Cabe señalar que las y los magistrados utilizaron reflexiones de la antropologa Marta Lamas Encabo, integrante honoraria de la Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer, "Elisa Martínez", como prueba para establecer la diferencia entre trabajo sexual organizado libremente y el delito de trata de personas.

Brigada Callejera es una organización de la sociedad civil con más de 28 años de experiencia en la defensa de los derechos laborales de las trabajadoras sexuales y forma parte de la Alianza Global contra la trata de mujeres, GAATW, por sus siglas en inglés.

A continuación el acceso a la tesis referida:
http://brigadaac.mayfirst.org/La-tesis-I-7o-P-75-P-10a-de-un-juicio-de-a...

Acceso al expediente:
https://ia601504.us.archive.org/23/items/DP2062016TrataDePersonas/DP%202...